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ARTICULO SOBRE LA PENA DE MUERTE EN EL DERECHO ROMANO

La pena de muerte en el Derecho Romano.
En el derecho penal primitivo romano, la pena pública se concibió como una especie de pena capital. Su carácter era estrictamente religioso.
Se utilizaba para castigar dos clases de crímenes:
-         El parricidum.
-         La perduellio.
Los culpables eran ahorcados en el árbol infelix o infecundo.
Según Barbero (1985:61) las penas de los juicios públicos eran capitales o patrimoniales.
La condena a pena capital llevaba a la muerte. Más tarde aparece el aqua et igni interdictio, que tenía asimismo el carácter de penal capital. La interdictio  constituye un medio concedido al condenado para evitar la muerte, siempre que se marchara o ausentara para siempre  (exilio) de Roma o Italia. Su permanencia o retorno significaba la muerte.
Tanto la condena a muerte como la interdicción originaban la pérdida de la ciudadanía y el publicatio del patrimonio.

La modalidad de ejecución fueron varias.
Entre las más antiguas se destacan:
-         El ahorcamiento.
-         La decapitación.
-         La crixifición.
Otra de las penas más antiguas era el culleum que consistía en lanzar al condenado al mar o a un río, cubierta la cabeza con un gorro de piel de lobo y calzado los pies con zapatos hechos de madera, metido en un saco con una víbora, mona, gallo o un can.
La hestiis obiectio se consideraba como una de las penas más crueles en la época imperial. Se arrojaba al condenado a las fieras con la finalidad de ser utilizados como un cebo en los combates públicos, es decir consistía en un verdadero y auténtico espectáculo público.
En la época republicana, cualquier tipo de pena capital iba precedida  de la flagelación


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